Doctor Alfredo A. Reyes Krafft
Presidente de la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI)
Director Jurídico de e-business en BBVA Bancomer
Febrero, 2006.

¿Qué es?

En internet existen infinidad de contenidos a los que cualquier persona puede acceder sin necesidad de contraseñas, pero hay sitios que requieren de seguridad y sólo permiten la entrada a usuarios registrados previamente con una clave, tal es el caso de tu cuenta de correo electrónico o la página de alguna empresa que proporcione servicios por internet, como: periódicos, universidades virtuales, bancos, entre otros.

Sin embargo, si quisieras intercambiar archivos con alguien que no conoces o hacer algunas transacciones (financieras, comerciales o fiscales, por ejemplo) que requieren un mayor nivel de seguridad técnica para realizarse a través de internet, puedes contar con una firma electrónica avanzada (FEA), amparada por un certificado digital vigente.

El certificado digital garantiza que una FEA cumpla con los requisitos de autenticación y el no repudio, es decir, es un documento electrónico que asegura que una clave pública corresponda a una persona específica y la responsabiliza por aquello que firma digitalmente con ella.

Es importante considerar que al momento de la firma, el certificado digital debe estar vigente (hasta dos años de vida útil, pero el titular puede revocarlo en cualquier momento).

Este documento lo expide una agencia certificadora y lo registra una agencia registradora; en ambos casos, debe tratarse con instituciones debidamente autorizadas (las agencias certificadoras pueden ser también registradoras).

¿Para qué se utiliza?

A una persona física le sirve, entre otros fines, para:

  • Presentar declaraciones fiscales.
  • Realizar declaración patrimonial como funcionario público.
  • Pagar impuestos.
  • Solicitar devolución de impuestos.
  • Hacer trámites (Tramitanet).
  • Vender al gobierno (Compranet).
  • Emitir un comprobante fiscal digital (recibo de honorarios).

A una persona moral le sirve para:

  • Presentar declaraciones fiscales.
  • Vender al gobierno (Compranet).
  • Solicitar devolución de impuestos.
  • Hacer trámites (Tramitanet).
  • Tener comunicación interempresarial, por ejemplo: institución financiera con Banco de México para llevar a cabo diversas transferencias de fondos o en el caso de una empresa industrial para que un proveedor reciba los pedidos electrónicamente y surta la mercancía a tiempo (just in time).
  • Emitir un comprobante fiscal digital (documento que comprueba una transacción mercantil, como: factura, recibo de honorarios, nota de cargo, etcétera).
¿Cómo obtenerlo?

Como ejemplo, describiremos el servicio que proporciona el SAT:

1. Entras al sitio http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/, y sigues las indicaciones, entre las que está bajar el archivo SOLCEDI —el cual te permitirá generar dos claves: una pública (archivo extensión .REQ) y otra privada (archivo extensión .KEY)— así como un documento que contiene la solicitud de certificado digital que deberás llenar e imprimir por duplicado. El procedimiento es muy sencillo y sólo te tomará alrededor de 15 minutos.

2. Concertas cita ante la agencia certificadora más cercana (el SAT tiene administradoras locales a lo largo y ancho del país: Distrito Federal y área metropolitana: 5447-4070; Monterrey: 8150-0277; del resto del país puedes llamar sin costo al 01 800 849-9370).

3. El día de la cita acudes a la agencia certificadora con:

  • Disco magnético de 3.5 pulgadas, con el archivo de requerimiento extensión REQ, referido en el punto 1.
    Recuerda que por ninguna razón debes incluir el archivo terminación .KEY, pues es tu clave privada, la cual sólo tú debes conocer.
  • Solicitud de certificado digital impreso por duplicado, mencionado en el punto 1.
  • Acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente.
  • Identificación oficial (pasaporte vigente, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores; credencial para votar, expedida por el Instituto Federal Electoral; cédula profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública o cartilla del Servicio Militar Nacional expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional).
  • Comprobante de domicilio:
    • Estado de cuenta que proporcionan las instituciones que componen el Sistema Financiero Mexicano (debe estar a nombre del contribuyente y tener una antigüedad no mayor a dos meses).
    • Recibo del último pago de los servicios de energía eléctrica, teléfono o agua, siempre y cuando no tenga una antigüedad mayor a cuatro meses.
    • Recibo de pago del impuesto predial (en el caso de pagos parciales, el recibo no debe tener una antigüedad mayor a cuatro meses y tratándose de pago anual, éste debe corresponder al ejercicio en curso).
    • Recibo de pago de la última liquidación del Instituto Mexicano del Seguro Social (éste debe estar a nombre del contribuyente).
    • Contrato de arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta vigente que cumpla con los requisitos fiscales, o bien, el contrato de subarrendamiento acompañado del contrato de arrendamiento correspondiente y último recibo de pago de renta vigente que cumpla con los requisitos fiscales.
    • Contrato de fideicomiso debidamente protocolizado.
    • Contrato de apertura de cuenta bancaria que no tenga una antigüedad mayor a dos meses.
    • Contrato de servicios de energía eléctrica, teléfono o agua que no tenga una antigüedad mayor a dos meses.
    • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los gobiernos estatal, municipal o del Distrito Federal o por las delegaciones conforme a su ámbito territorial, y que no tengan una antigüedad mayor a cuatro meses.
    • Comprobante de alineación y número oficial, emitido por el gobierno municipal o su similar en el Distrito Federal (dicho comprobante debe contener el domicilio del contribuyente y su antigüedad no deberá ser mayor a cuatro meses).
  • Número de CURP y clave del RFC.

4. Firmas la solicitud de certificado digital, arriba mencionada, ante un agente certificador (dependiente de la agencia certificadora). Al signar dicho documento adquieres el compromiso de considerar como propio todo aquello que firmas digitalmente.

5. El agente certificador (con responsabilidad civil y penal en su quehacer) confirma tu identidad, emite un precertificado y lo firma electrónicamente.

6. La agencia certificadora valida con la autoridad registradora central (ARC) que tu clave pública sea única, es decir, que no se haya registrado otra igual, luego valida la firma electrónica del agente certificador y emite el certificado digital, mediante el cual tus datos quedarán asociados a una clave pública en forma legal. De esta manera se garantiza la autenticación.

7. La agencia certificadora envía el certificado digital a la agencia registradora para darlo de alta en una base de datos de acceso libre en internet, lo cual permite al público en general verificar si el certificado está vigente y si corresponde a la clave pública del firmante. Así se garantiza el no repudio.


Agencias certificadoras

Las agencias certificadoras y/o registradoras autorizadas en México son:

  • Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  • Algunos bancos (como BBVA Bancomer, Banamex, Santander, HSBC).
  • Empresas que les presten a los bancos servicios relacionados con transferencias de fondos (CECOBAN).
  • Fedatarios públicos (notarios y corredores).
  • Empresas comerciales (Advantage Security Systems y PSC World).
  • Instituciones públicas (IMSS) y académicas (distintas escuelas y facultades de la UNAM).
  • Otras secretarías de Estado acreditadas por la Secretaría de la Función Pública (SRE, SEGOB, STPS).

En México, las ARC son:

la Secretaría de la Función Pública, el Banco de México, la Secretaría de Economía y la UNAM. Su función es autorizar a las agencias certificadoras y/o registradoras la prestación de este tipo de servicios.

Regresar a la versió en línea